Resumen
- Artículo 15: Protege el derecho a la vida e integridad, prohíbe la tortura, tratos inhumanos y la pena de muerte, con una excepción en tiempos de guerra.
- Artículo 16: Asegura la libertad ideológica y religiosa, prohíbe la obligatoriedad de declarar creencias y establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal.
- Artículo 17: Define el derecho a la libertad y seguridad, establece reglas para la detención preventiva y garantiza derechos para los detenidos, incluyendo el “habeas corpus”.
- Artículo 18: Protege el derecho al honor, la intimidad, la propia imagen, la inviolabilidad del domicilio y el secreto de comunicaciones.
- Artículo 19: Asegura el derecho a elegir residencia, circular por el territorio nacional y entrar/salir de España sin limitaciones ideológicas.
- Artículo 20: Protege diversos derechos relacionados con la expresión, creación y difusión de pensamientos, ideas y obras, y establece límites para estas libertades.
- Artículo 21: Reconoce el derecho de reunión pacífica sin armas y establece normas para reuniones y manifestaciones.
- Artículo 22: Reconoce el derecho de asociación y establece límites y prohibiciones para ciertos tipos de asociaciones.
- Artículo 23: Garantiza el derecho a participar en asuntos públicos y acceder en igualdad a funciones y cargos públicos.
- Artículo 24: Asegura el derecho a la tutela judicial efectiva y establece diversas garantías procesales.
- Artículo 25: Establece principios relacionados con la legalidad y tipicidad de las sanciones y orienta las penas privativas de libertad hacia la reeducación y reinserción social.
- Artículo 26: Prohíbe los Tribunales de Honor en la Administración civil y organizaciones profesionales.
- Artículo 27: Reconoce el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, y establece principios y garantías relacionados con la educación.
- Artículo 28: Reconoce los derechos de sindicación y huelga, estableciendo ciertas limitaciones y regulaciones.
- Artículo 29: Establece el derecho de petición y sus formas, y limita este derecho para miembros de Fuerzas o Institutos armados.
Historia con Técnicas Mnemotécnicas para aprender El Capítulo II sección Primera
En la pacífica tierra de Libertalia (Art. 15 – Vida), cada persona respetaba profundamente las creencias de los demás, creando un mosaico de Libertad Ideológica (Art. 16). La Libertad y Seguridad (Art. 17) eran tan valiosas como el aire que respiraban, y cada individuo protegía su Honor y el de los demás (Art. 18).
Un día, todos decidieron moverse a un nuevo lugar, ejerciendo su derecho a elegir su Residencia (Art. 19). En este nuevo hogar, las palabras volaban libres, simbolizando la Expresión sin ataduras (Art. 20). La plaza central se convirtió en un lugar de Reunión (Art. 21), donde las Asociaciones (Art. 22) florecían como flores en primavera.
La Participación (Art. 23) en los asuntos públicos era como el agua, esencial y accesible para todos. La Tutela judicial (Art. 24) era el robusto árbol que proporcionaba sombra y protección a todos bajo su alcance. La Legalidad (Art. 25) era la regla, y los Tribunales de Honor (Art. 26) eran cosa del pasado, como viejas piedras olvidadas.
La Educación (Art. 27) era la luz que iluminaba cada rincón de Libertalia, y la Sindicación (Art. 28) era la herramienta con la que construyeron un futuro próspero. Finalmente, la Petición (Art. 29) era la melodía que todos podían cantar, una canción de esperanza y unidad.